El excesivo precio de los alquileres y la necesidad de disponer del 20% del valor de la vivienda para la compra, ha situado el acceso a la vivienda como uno de los principales problemas que tienen en común las cuatro ultimas generaciones.
De acuerdo con el portal inmobiliario Idealista, el 82% de los jóvenes entre 16 y 29 años no puede independizarse por el alto precio de los alquileres y la compra de vivienda, así como, por los bajos salarios.
El porcentaje del salario destinado al acceso de la vivienda no debería de superar el 30%, cuando en algunos casos se podría situar por encima del 50%.
Aunque se priorizan la política de vivienda de alquiler, la vivienda en propiedad sigue siendo la preferencia mayoritaria de los españoles. Según datos del Instituto Nacional de Estadística y el Censo de viviendas y hogares 2021 del INE.:
- El 16% de los hogares españoles (casi tres millones de hogares) viven de alquiler.
- Solo un 17% de los actuales inquilinos querría seguir viviendo de alquiler de aquí a 5 años.
- Solo un 3% de inquilinos encuestados cuentan con viviendas de alquiler público.
- El 46% de los inquilinos tenían entre 18 y 34 años.
- Un 47% son mujeres.
- El 33% de los inquilinos son de origen extranjero.
- Casi 2 de cada 3 inquilinos (el 63%) destina más del 30% de los ingresos del hogar a pagar la renta y los gastos de vivienda.
- Un 34% de los inquilinos tiene unos ingresos familiares inferiores a 1.500 euros mensuales (solo un 19% de los propietarios está en ese tramo).
- El 33% de los inquilinos encuestados por OCU declaran tener problemas para pagar la renta de alquiler. Las dificultades son realmente graves para el 7%.
El desequilibrio entre la oferta y la demanda de las viviendas de alquiler, el elevado precio y la falta de un parque público de viviendas, contribuyen a que el acceso en régimen de alquiler no resulte asequible.
En el acceso a la vivienda en propiedad también presenta importantes limitaciones. Hay que contar con recursos para aportar el 20 % del valor de la vivienda, ya que la financiación con préstamo hipotecario solo es para el 80%. Como referencia, para acceder a una vivienda protegida en Zaragoza, donde el módulo de vivienda protegida se sitúa entre los más bajo de la media nacional, se ha de disponer como mínimo de 56.000 euros.
Es obvio, que existe un desfase entre los salarios y la obtención de recursos para acceder a una vivienda. No existe margen para propiciar el ahorro necesario para realizar las aportaciones. Si bien, es paradójico que posteriormente, es más asequible el pago de la cuota de hipoteca que un alquiler.
Es importante en la adquisición de una vivienda nueva que ésta esté proyectada para la optimización del consumo energético, lo que permita alcanzar unos niveles determinados de confort y una reducción del consumo energético. Es obvio, que esto incrementa el valor de la vivienda, pero no es menos cierto, que se compensa con la disminución en la factura del consumo energético.
La financiación de la aportación que hay que realizar a la compra, contribuiría claramente a facilitar el acceso a una vivienda en régimen de propiedad.
Se han regulado actuaciones como los avales ICO (Instituto de Crédito Oficial) para la compra de la vivienda y, en este momento se está expectante para considerar como refuerza la posibilidad de la compra. Es una opción que permite obtener financiación del 20% con avales del ICO.
Requisitos y condiciones para solicitar el aval ICO
- Esta línea está dirigida a personas físicas y que sean mayores de edad, con residencia legal en España, debiendo acreditarla de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo.
- El límite de patrimonio del avalado será máximo de 100.000 euros.
- Los ingresos de la persona que adquiere la vivienda no pueden superar los 37.800 euros brutos al año (4,5 veces el IPREM). En el caso de que la vivienda sea adquirida por dos personas, el límite de ingresos se elevará al doble. Es decir, los ingresos de los dos adquirientes no podrán superar en conjunto, la suma del límite establecido para cada uno. La medida cuenta con factores de mejora en función del número de hijos y de si familia es monoparental. Así, el límite se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520 euros brutos anuales) por cada menor a cargo y, además, en el caso de familia monoparental se podrá incrementar en un 70% adicional.
- No podrán acogerse a esta línea de avales quienes ya sean propietarios de otra vivienda con anterioridad, independientemente de la forma de adquisición de esta. No obstante, con excepción a lo anterior, sí podrán acogerse quienes cumpliendo los requisitos concurran en algunas de estas circunstancias:
– Cuando el derecho de propiedad recaiga sobre una parte alícuota de la vivienda y esta se haya obtenido por herencia o transmisión mortis causa sin testamento.
– Para aquellas personas que, siendo titulares de una vivienda, acrediten su no disponibilidad por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad, o cuando la vivienda resulte inaccesible por razón de discapacidad de su titular o de las personas que formen parte de su unidad de convivencia.